Derecho a la imagen

Todas las personas tienen derecho a su propia imagen, pero las famosas, además, disponen de una variante especial de ese derecho de imagen, que es el patrimonial, el monetizable. Ese derecho les otorga la capacidad de controlar y beneficiarse del uso que de su imagen, nombre o rasgos identificativos se efectúe con fines comerciales o publicitarios.

El derecho a la propia imagen en España se regula en el artículo 18 de la Constitución española que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, desarrollado por la Ley Orgánica 1/1982, en la que, respecto al derecho de imagen -que también afecta el entorno digital-, considera ilegítimo el uso del nombre, la voz o la imagen de una persona para fines publicitarios o comerciales.

Obviamente, se requiere el consentimiento de la persona famosa para utilizar su imagen con ánimo de lucro, significando ello que, sin el permiso explícito de alguien, no es posible utilizar su imagen. Además, en algunos casos, la imagen de una persona puede estar protegida por derechos de autor si se trata, por ejemplo, de una fotografía o de otra obra protegida. Gozan del derecho de proteger su privacidad y evitar la divulgación no autorizada de información personal además del derecho de controlar la utilización de su imagen en contextos comerciales, mediante contratos y acuerdos para el uso de la misma.

Una vez descrito el marco normativo, en el caso que nos acontece, IDN.tt fue notificada de la existencia de unos anuncios digitales en la biblioteca de anuncios de la red social Facebook, que usaban, sin consentimiento y con fines comerciales, imágenes de una clienta de la firma, una actriz muy conocida a nivel internacional.

Todo empezó cuando una marca cosmética, enfocada sobre todo al cuidado intensivo corporal, inició la promoción de su producto estrella, destinado a la disminución milagrosa de la celulitis, publicando anuncios que empleaban imágenes de nuestra clienta, sin existir lógicamente ninguna relación contractual entre ambos, y llevando a cabo una campaña publicitaria masiva alrededor del artículo cosmético.

Diariamente, aparecían anuncios publicados por parte de diferentes dominios random, todos ellos de una duración muy corta, con el claro y único objetivo de ocultar el responsable de las publicaciones y así imposibilitar su acceso. El común denominador de todos ellos es que aparecían vinculados con la misma empresa, cuya sede se ubicaba en la otra punta del mundo, concretamente en las islas Seychelles, por lo IDN.tt se dirigió a los presuntos infractores e informó ser conocedor de sus quehaceres instando inmediatamente el cese indebido de la imagen de nuestra clienta. A su vez, se procedió al requerimiento individualizado de cada uno de los enlaces detectados en la biblioteca de anuncios de Facebook. Desde el ámbito legal, por parte de los abogados de nuestra asociada Sol Muntañola Abogados, se informó de todo ello a la farmacéutica involucrada en cuestión, quien no dio nunca señales de vida ni atendió requerimiento alguno, posicionándose también, por razones obvias, como cooperador de la infracción. 

En definitiva, lo que inicialmente podía resultarles, tanto a  la farmacéutica como a la empresa propagadora de contenidos infractores, como una gran estrategia de marketing para captar nuevos clientes, al asociar un producto cosmético con el prestigio y notoriedad de una persona famosa -de forma ilícita y sin autorización, en infracción de sus derechos de imagen y en clara vulneración de sus derechos de protección de datos de carácter personal- abocó, tras la intervención de IDN.tt ante servidores, redes sociales y demás operadores vinculados con la difusión de una publicidad manifiestamente ilícita, en el cese inmediato de la actividad fraudulenta de la empresas involucradas, que a fecha de hoy siguen sin pronunciarse pese a las numerosas reclamaciones realizadas, pero eso sí, sin poder seguir disfrutando de la impunidad con la que habían estado actuando hasta entonces, y, sobre todo, sin perjudicar, y menos lucrarse, la imagen de nuestra clienta.